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Antonio Pérez Carmona

El Rincón del formador: 10 consejos sobre la busqueda de ideas (Tercera y última parte)

Antonio Pérez Carmona.

Autor: Antonio Pérez Carmona

6. MONTAR UNA FRANQUICIA
Dentro del ámbito de las ideas ajenas que pueden dar lugar al nacimiento de una nueva actividad empresarial, merece mención singular la FRANQUICIA. La misma ha adquirido relevancia notable en el actual mercado de creación de empresas. Para los nuevos emprendedores representa el acceso al mundo de la empresa de la mano de firmas con experiencia e imagen reconocidas. Desde la perspectiva de las empresas ya existentes, la franquicia representa una excelente oportunidad de ampliar, con limitados costes de inversión y laborales, su presencia en el mercado, asegurando además una imagen uniforme para sus bienes y/o servicios.

Se trata de un método de colaboración contractual entre dos empresas jurídica y económicamente independientes en virtud de la cual, una de ellas (empresa franquiciadora o franquiciador), que es titular de determinada marca, patente, método o técnica de fabricación o actividad industrial y comercial previamente prestigiados en el mercado, concede a la otra (empresa franquiciada o franquiciado) el derecho a explotarla, por un tiempo y zona delimitados y bajo ciertas condiciones de control, a cambio de una prestación económica, que suele articularse mediante la fijación de un canon inicial, que se complementa con entregas sucesivas en función de las ventas efectuadas (canon o royalties). (Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de abril de 1998)

Las partes y sus obligaciones básicas:
Como se deduce de la definición aportada, las dos partes de un contrato de franquicia son:

1) FRANQUICIADOR: es aquella empresa (industrial, de servicios, etc.) que posee la derechos de propiedad industrial y/o los derechos de comercialización de una serie de productos o servicios y decide acceder al sistema de franquicias como forma de expandir su actividad en el mercado (interior o exterior), para lo cual recurre a los franquiciados individuales, transmitiendo a éstos el método operativo o saber hacer (know-how) referido a la fabricación, distribución y comercialización de sus productos o a la prestación de sus servicios.

2) FRANQUICIADO: Es aquella persona o sociedad que, a cambio de una determinada contraprestación económica, accede al uso de la marca y a los derechos de comercialización de los productos o de prestación de los servicios de la empresa franquiciadora.

Las partes de la franquicia suelen obligarse a respetar la exclusividad territorial para determinada área geográfica (se suele denominar “zona de responsabilidad”). Esto implica, habitualmente, facultades y obligaciones recíprocas para ambas partes:

– El franquiciado podrá explotar la franquicia con carácter exclusivo en determinada área geográfica, lo que permitirá facilitar la rentabilización de su inversión.
– El franquiciador no podrá realizar actividades que comporten concurrencia respecto de la actividad del franquiciado (desvío de clientes, búsqueda de nuevos compradores de su producto en esa área, etc).
– El franquiciado se compromete a aprovisionarse exclusivamente a través de los canales que determine el franquiciador.

7.- ¿CÓMO PROTEGER LAS IDEAS?
Las ideas empresariales, tanto aquéllas que son raíz misma de la propia empresa como las que surgen a lo largo de su desarrollo, pueden ser objeto de protección, garantizando así el rendimiento económico que compense la inversión y esfuerzo invertidos en su concepción y desarrollo.
Ese es el objeto de los derechos de propiedad intelectual e industrial, previstos para la protección de invenciones, signos distintivos y creaciones intelectuales de otro tipo.

Los derechos de propiedad industrial.
Los propiedad industrial está integrada por un conjunto de derechos que sólo cabe adquirir mediante su registro en el organismo correspondiente (en tal sentido, se dice que el registro tiene efectos constitutivos). Esos derechos pueden recaer sobre alguno de los siguientes grupos de creaciones:
– Invenciones industriales (dando lugar a patentes de invención y modelos de utilidad)
– Signos distintivos (originando marcas, nombres comerciales y rótulos de establecimiento)
– Diseños (que dan lugar a modelos y dibujos industriales)

8.- INVENCIONES INDUSTRIALES.
Para la protección de las Invenciones Industriales se conceden las PATENTES DE INVENCIÓN y los CERTIFICADOS DE PROTECCIÓN DE MODELOS DE UTILIDAD.
Patentes:

La Patente de Invención (de un producto o un procedimiento) es un título de propiedad industrial que reconoce a su titular el derecho a explotar en exclusiva, por un periodo temporal no prorrogable de 20 años, el objeto de su invención (el producto o procedimiento), impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin su consentimiento. Transcurrido el plazo de 20 años, la patente pasa al dominio público, permitiéndose su uso a cualquier persona. Para mantenerla en vigor durante dicho periodo, es preciso pagar tasas anuales a partir de su concesión.

¿Qué requisitos debe tener una invención para poder patentarse?
• En primer lugar, debe tratarse de una invención en los términos descritos por la normativa de patentes. Según la Ley de Patentes no son invenciones patentables: los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos; las obras literarias o artísticas o cualquier otra creación estética, así como las obras científicas; los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas de ordenadores, etc. Tampoco podrán ser patentadas invenciones contrarias al orden público y las buenas costumbres.

• La invención debe ser nueva. Es nuevo lo que no está incluido en el “estado de la técnica”. Según la Ley de Patentes por “estado de la técnica” debe entenderse “todo lo que, antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente, se ha hecho accesible al público en España o en el extranjero”, incluyendo aquí solicitudes de patente o de modelo industriales hechas en España y cuya fecha de presentación sea anterior a la solicitud de patente en cuestión.

• La invención debe implicar actividad inventiva. Así será cuando, a los ojos de un experto en la materia, la invención no derive o se incluya, de forma evidente, en el estado de la técnica.

• La invención ha de ser susceptible de aplicación industrial, o, lo que es lo mismo, que su objeto (un producto o un procedimiento) puedan ser fabricados o utilizados en cualquier clase de industria.

9. DEFINICION DE LA IDEA
Defina brevemente cuál es el producto/s o servicio/s que pretende ofrecer en su futura empresa.
CARACTERISTICAS TECNICAS. Describa escuetamente las características técnicas de fabricación de este producto o de la forma de brindar este servicio.

NECESIDADES QUE CUBRE. ¿Cuál es la necesidad que pretende cubrir su producto/s o servicio/s?
NOVEDAD Y VENTAJAS COMPARATIVAS. El producto o servicio que Vd. Piensa ofrecer ¿es algo distinto a los productos o servicios que existen ya en el mercado actualmente?
( ) SI ( ) NO
En caso afirmativo, ¿cuál es la novedad?, ¿qué ventajas cree que tiene el producto o servicio que piensa ofrecer respecto a los que ya existen?.
CAPACIDAD ¿Ha pensado cuántas unidades será capaz de producir o cuántos servicios podrá brindar? (conteste con un cálculo lo más aproximado posible)
¿Qué factores ha tenido en cuenta para fijar esta cifra?
PROTECCION JURÍDICA. ¿Ha pensado en proteger jurídicamente su producto o servicio (patentes, propiedad intelectual)? En caso afirmativo, ¿qué pasos ha dado?
CARACTERÍSTICAS DEL MERCADO. ¿Sabe Vd. Cuál es el volumen y las características del mercado en el que desea entrar?
( ) SI ( ) NO
¿Ha realizado o encargado algún estudio sobre este mercado?
( ) SI ( ) NO
En caso afirmativo, ¿cuáles son sus principales conclusiones?

10. ANALISIS DE LAS VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LA IDEA
VENTAJAS COMPARATIVAS. ¿Qué ventajas e inconvenientes va a tener su futura empresa frente a sus competidores?
Ventajas
Inconvenientes
DISTRIBUCIÓN. ¿Ha pensado en cómo va a llegar hasta sus clientes?
( ) SI ( ) NO
En caso afirmativo, describa cuáles van a ser sus canales de distribución (venta al por menor, venta al por mayor, almacenistas, distribuidores, ventas por correo y/u otros).
PROMOCIÓN. ¿Piensa realizar alguna acción para promocionar su futuro producto o servicio?
( ) SI ( ) NO
ASESORAMIENTO FISCAL, FINANCIERO, CONTABLE INMOBILIARIO Y DE SEGUROS
En caso afirmativo, describa qué tipo de acciones piensa emprender, y cuál será su coste aproximado
INSTALACIONES. ¿Con qué instalaciones piensa contar para llevar a cabo su actividad empresarial? Describa el número de locales, su ubicación geográfica, su superficie y sus posibilidades de suministros (energía eléctrica, agua, teléfono y comunicaciones)
Especifique su precio (alquiler o compra)
MAQUINARIA, UTENSILIOS, VEHÍCULOS. ¿Tiene previsto el número y características de las máquinas, utensilios, vehículos e instrumentos en general?

Las sugerencias serán bien recibidas y atendidas, con la premura que requiera la importancia de las mismas, contactando a través del correo electrónico: carmona.apc@gmail.com

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